Asilo: ¿Que opciones existen?



Debido a limite de capacidad, actualmente nuestra oficina únicamente esta aceptando casos de entrevistas de asilo afirmativo
Para defensa de deportación en corte, no estamos aceptado casos adicionales. Aquí incluimos información gratuita que posiblemente le puede ayudar, y le recomendamos consultar con otros abogados en de migración.
Asilo en Estados Unidos: Guía General del Proceso
El asilo es una forma de protección migratoria en Estados Unidos para personas que temen regresar a su país de origen debido a persecución. A continuación, explicamos los tipos de procesos de asilo, las etapas en la corte de inmigración y algunos términos legales importantes que suelen aparecer durante estos casos.
Esta información es únicamente educativa y no constituye asesoría legal. Si a usted le gustaría recibir un consejo legal, favor agenda una cita para una llamada con nuestro abogado.
OPCIONES:
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Aquí encontraras links a información gratis y te puedes tratar de representar tu mismo(a).
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Las instrucciones gratuitas son publicadas por el El Proyecto Florence para los Derechos de los Inmigrantes y Refugiados, la cual es una organización en Arizona de servicios legales sin ánimo de lucro. El personal del Proyecto Florence preparó y actualizó estas guías para inmigrantes detenidos que se representan a sí mismos en sus procedimientos de expulsión. Ellos no cobran por sus servicios. Para ver sus guías, vaya a: www.firrp.org. Esta guía no pretende dar asesoramiento legal. No sustituye a un abogado.
Que esta pasando actualmente en USA?
El asilo y parole son vías legales dentro del proceso migratorio de las leyes de Estados Unidos. Muchas personas, bien sea por que no entienden las leyes de migración, o de manera irresponsable, ignoran que el asilo o parole son programas elegibles bajo la ley de migración de estados unidos para entrar o permanecer en Estados Unidos y basado en su ignorancia, o prejuicio, utilizan la palabra 'ilegal' para erróneamente referirse a muchas personas que están en procesos de seguir las leyes de USA.
Otra confusion existe, es que muchas personas no saben que las leyes de migración NO SON leyes criminales. Como consecuencia, violaciones a leyes de migración no convierten a personas en criminales. Las leyes de migración son únicamente leyes civiles, similares a leyes de contratos, o leyes de familia, etc... una persona que no cumple con leyes de contratos no es un criminal, es una persona que se puede demandar por quebrantar un contrato y puede tener una disputa legal, pero quebrantar un contrato no convierte a una persona en un criminal. Igualmente quebrantar leyes de migración no convierten a personas en criminales. Obviamente existe la penalidad de deportación, y personas que no cumplan con leyes de migración pueden ser detenidas, llevadas ante un juez, y deportadas; pero esto no significa que una persona deportada es un criminal.
En mi opinion, se utilizan las palabras 'ilegal', y 'criminals' para que la opinion publica apoye las medidas drásticas actuales. Yo me reúno frecuentemente con personas que están en procesos de deportación, y lo que veo es que La mayoría de las personas deportadas actualmente son personas trabajadoras, honestas, que con esfuerzo tratan de salir adelante económicamente. Contrario a lo que reportan algunos medios de comunicación, la mayoría de las personas deportadas no están en USA de una forma ilegal, la mayoría no son criminales.
Algunas de las medidas drásticas implementadas hoy en día, incluyen lo siguiente:
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Algunas personas pueden tener sus aplicaciones negadas antes de ver a un juez si se concluye que la aplicación de asilo esta incompleta, o es insuficiente, o se presento demaciado tarde sin solicitar una excepción.
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Personas que no puedan demostrar que entraron al país con visa, o que entraron hace mas de dos años, no tienen derecho a fianza en caso sean detenidos; y si después de ser detenidos no comunican que tienen miedo de regresar a sus países, tampoco tienen derecho de ver a un juez antes de su deportación.
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Personas que entraron por frontera, solicitaron asilo, pero que nunca han tenido una entrevista de miedo creible, están siendo llamadas de regreso a una entrevista. En caso pierdan esa entrevista son deportados sin tener derecho a ver a un juez.
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Personas de países con los cuales USA no tiene acuerdos de deportación, pueden ser enviados a países terceros, que en casos extremos pueden incluir países como Uganda, Eswatini, Rwanda, South Sudan
Cuales son las recomendaciones?
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Revisar y actualizar tu aplicación para que no sea considerada incompleta y de esa manera prevenir que la aplicación sea negada por insuficiencia antes de tu entrevista. Lo puedes hacer en cualquier momento, pero se recomienda a no sea a menos de 2 meses antes de tu entrevista o audiencia.
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En caso ser detenido, estar preparado(a) para litigar tu caso desde la corte, o solicitar salida voluntaria en caso la solicitud de fianza sea negada.
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Prepararse bien para la entrevista con la oficina de asilo, bien sea para la entrevista de miedo creible, o la entrevista de asilo afirmativo. La meta es ganar esa entrevista y obtener la residencia, pero si eso no se puede obtener, por lo menos presentar suficiente información para permitir que el caso siga adelante y pueda ser litigado en frente de un juez de la corte de migración
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Prepararse para pasar la audiencia inicial (Master Calendar Hearing 'MCH'), la cual, a pesar de ser una audiencia de unos pocos minutos, determina si su caso puede, o no, seguir adelante para la siguiente audiencia. (lo explico en mas detalle mas adelante)
¿Qué es el asilo?
Una persona puede solicitar asilo si ha sufrido persecución o tiene un miedo fundado de persecución en su país de origen debido a su:
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Raza
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Religión
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Nacionalidad
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Opinión política
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Pertenencia a un grupo social particular
En la mayoría de los casos, la solicitud debe presentarse dentro del primer año de haber ingresado a Estados Unidos, aunque existen excepciones.
Proceso de Asilo Afirmativo
El asilo afirmativo es para personas que no están en proceso de deportación.
Pasos del proceso:
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Presentar el Formulario I-589 ante USCIS
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Asistir a una cita de huellas biométricas
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Comparecer a una entrevista con un oficial de asilo
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Recibir una decisión:
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Aprobación del asilo ==> residente permanente
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Negación ==> Referencia del caso a la corte de inmigración
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Si el caso es referido a la corte, la persona continúa su solicitud bajo el proceso defensivo.
Proceso de Asilo Defensivo
El asilo defensivo se solicita ante un juez de inmigración como defensa contra la deportación.
Este proceso ocurre dentro de la corte de inmigración y tiene varias etapas.
Moción para comparecencia remota
Una moción para comparecencia remota (motion for remote appearance) es una solicitud formal que se presenta ante una corte de inmigración para pedir permiso para que una persona participe en una audiencia por video o por teléfono, en lugar de presentarse físicamente en la sala del tribunal.
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En este link encuentra instrucciones para hacerlo usted mismo(a): https://nipnlg.org/sites/default/files/2025-06/pro-se-web-esp.pdf
Call-Up Date (Fecha de Revisión)
Una call-up date es una audiencia breve utilizada para:
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Verificar si el caso está listo
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Confirmar que se hayan entregado documentos
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Mantener o ajustar la fecha de la audiencia individual
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Normalmente no incluye testimonio.
Master Calendar Hearing (Audiencia de Calendario Maestro)
Es una audiencia preliminar y generalmente corta. En esta audiencia:
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El juez confirma la identidad y dirección de la persona
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Se revisan los cargos de deportación
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Se identifican los alivios migratorios que se solicitarán (como asilo)
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Se programan futuras fechas en la corte
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No asistir a esta audiencia pueden causar deportation final.
Individual Hearing (Audiencia Individual)
Es la audiencia principal del caso.
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La persona solicitante testifica bajo juramento
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Se presentan pruebas y testigos
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El abogado del gobierno puede hacer preguntas
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El juez decide si concede o niega el asilo
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La decisión puede darse ese mismo día o por escrito más adelante.
Otros Términos Importantes:
Salida Voluntaria (Voluntary Departure)
La salida voluntaria permite que una persona salga de Estados Unidos por su cuenta dentro de un plazo establecido, en lugar de recibir una orden de deportación.
Beneficios:
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Evita una deportación formal
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Puede reducir consecuencias migratorias futuras
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Puede salir a otro país que lo acepte, y que no sea el país donde fue perseguido(a)
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No cumplir con la salida voluntaria puede resultar en multas y prohibiciones migratorias más severas.
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En este link encuentra instrucciones para hacerlo usted mismo(a): https://firrp.org/wp-content/uploads/2022/09/Voluntary-Departure-Guide-2013-SPA-JF.pdf
Moción de Fianza (Bond Motion)
Una moción de fianza se presenta cuando una persona está detenida por inmigración. Se solicita al juez que:
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Establezca una fianza, o
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Reduzca el monto existente
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El juez considera factores como el riesgo de fuga y la seguridad de la comunidad.
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Hoy en día, personas que no puedan demostrar que entraron al país con visa, o que entraron hace mas de dos años, no tienen derecho a fianza en caso sean detenidos; y si después de ser detenidos no comunican que tienen miedo de regresar a sus países, tampoco tienen derecho de ver a un juez antes de su deportación.
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En este link encuentra instrucciones para hacerlo usted mismo(a): https://firrp.org/wp-content/uploads/2022/09/Bond-Guide-2013-SPA.pdf
Moción para Cambiar de Jurisdicción (Motion to Change Venue)
Esta moción pide que el caso sea transferido a otra corte de inmigración, comúnmente porque la persona se mudó a otra ciudad o estado.
Debe incluir:
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Una explicación del motivo
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Prueba de la nueva dirección
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El juez decide si el cambio es apropiado.
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En este link encuentra instrucciones para hacerlo usted mismo(a) https://www.justice.gov/eoir/page/file/1480751/dl
Actualmente no proveemos servicios para personas detenidas, pero aquí esta información gratuita:
La opciones de solicitar fianza, o salir de una detención han sido limitadas. Para poder ofrecer un buen servicio debemos invertir mas horas en cada caso y desplazarnos en persona a lugares de detención lo cual nos requeriría subir nuestros precios para cubrir nuestros gastos, y aun así las posibilidades de sacar a una persona de detención hoy en día son bastante pocas. Des-afortunadamente nuestra oficina no tiene suficiente personal para responder rápidamente a casos de detención. Por este motivo compartimos la siguiente información del proyecto Florence, y las personas pueden tratar de seguir las instrucciones ustedes mismos.
No es imposible, es bastante limitado, pero aquí hay buenas instrucciones:
Proyecto Florence
Salida de Detención
Información Importante
Cada caso de asilo es diferente. Los requisitos y resultados dependen de los hechos específicos de cada persona. Para orientación personalizada, favor agendar una consulta.
¿Qué está incluido?
Diana.
“Abogado muy competente y conocedor."
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"Siempre me impresiona su compasión por nosotros como clientes y confío en que tiene como prioridad nuestro mejor interés."
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